Colo Colo presentará la apelación por el castigo a Javier Correa en el último día de plazo. Es que los abogados de Blanco y Negro esperaron hasta el final para poder tener el fallo de la sanción y, así, poder esgrimir los argumentos necesarios que se tomaron en cuenta a la hora de resolver. Sin embargo, nada de eso pasó: el documento no llegó y, por lo mismo, el trámite se hará sin la resolución en una causa que da cuenta del mal actuar del Tribunal de Disciplina.
Y es que según el presidente del ente jurisdiccional, Correa fue castigado por “infringir artículo 68 letra a. Se considera que ofendió al árbitro”. Ya dicha infracción parece extraña ya que el jugador nunca ofendió a Nicolás Gamboa. Pasando de eso, en el Popular se defienden de que, ante casos idénticos, no se actuó de la misma manera poniendo el caso de Marcelo Díaz y hasta de Jorge Almirón, a lo que Exequiel Segall respondió que fue porque ellos no fueron informados y, “para sancionar, debe existir denuncia“.
La cosa es que, en primer lugar, parece extraño que Segall haya empujado tanto para lograr el castigo al futbolista de Colo Colo, toda vez que, según información a la que pudo acceder DaleAlbo, ni siquiera estuvo en la sala el día en que Javier Correa fue a dar sus descargos y a presentar su defensa, por lo que claramente le falta información a la hora de dar declaraciones.
Lo otro, es que hace hincapié en el hecho de que Correa fue castigado sólo porque fue informado, a diferencia de los otros dos casos en que no hubo denuncia. Pero en esto también hay una falta de razonamiento importante, ya que a Colo Colo, en más de alguna ocasión, se le ha castigado de oficio, sin mediar alguna denuncia o informe arbitral.
¿Y Javier Correa? El caso de un tuit que costó una sanción a jugador de Cobresal
Todo esto se ve con mayor claridad tras las declaraciones de Roberto Tobar, quien hizo un meaculpa y explicó que “en base a la experiencia que hemos tenido durante los últimos cuatro años, con declaraciones de jugadores y técnicos, hago una autocrítica por no haber procedido de manera correcta con otros actores”.
Hay varias muestras de que el tribunal sí puede actuar de oficio y que dan cuenta que decidieron hacer la vista gorda en el caso de Marcelo Díaz, el cual fue mucho más grave que el de Correa. Por ejemplo, en diciembre de 2014, Cristhian Ledesma fue sancionado con tres fechas tras una publicación en su cuenta de Twitter: “esto es una vergüenza… Todo Chile vio cómo vienen a robarnos en nuestra propia casa… pero seguiremos dando la pelea contra todos”, escribió en ese momento el futbolista.
¿Qué pasó? Tres fechas de castigo al jugador por infringir el artículo 68, mismo que se le imputa a Correa. En el fallo, se explica que, junto con la falta, el futbolista “nunca evidenció una intención de hacer algún gesto o acción, en orden a dar cuenta de algún signo de arrepentimiento o retractación, como, por ejemplo, ofrecer disculpas públicas al cuerpo referil por sus dichos”.
Entonces, es extraño que Javier Correa al emitir declaraciones de menor gravedad e incluso tras ofrecer disculpas públicas, cuestión muy importante para el tribunal según el fallo citado precedentemente, se le aplique una sanción de cuatro partidos, cuando en un caso como el de Ledesma fueron tres. Falta de criterio y prolijidad procesal.
