Colo Colo estaba cayendo 2-0 ante la Universidad Católica a los 72 minutos, cuando Piero Maza debió suspender el encuentro, debido a que personas lanzaron fuegos artificiales a la cancha, situación que terminó dañando a Nicolás Blandi.

 

Según el articulo 26 de las bases del Campeonato Nacional, la ANFP a través de la Gerencia de Ligas Profesionales tiene hasta el miércoles a las 18:00 para informar si el encuentro terminará en triunfo cruzado o si se reanudará lo que queda para completar los 90 minutos de juego. 

En ese periodo de tiempo, la asociación deberá anunciar una fecha de reprogramación del compromiso en caso de decidir jugar.

ARTÍCULO 26°

Suspensión de partidos Podrán suspenderse partidos del Campeonato por aplicación de las causales establecidas en los artículos 102 y 103 del Reglamento de la ANFP.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de verificarse la ocurrencia de catástrofes naturales o de hechos que afecten el orden público o la seguridad nacional, el Directorio de la ANFP o la Gerencia de Ligas Profesionales, en su representación, debidamente informadas por el Director de Turno, podrán suspender el partido, de común acuerdo con las autoridades regionales, en cualquier momento, incluso habiéndose iniciado el mismo.

En caso de que la región o ciudad donde se realice el partido esté bajo el régimen de zona de catástrofe, el Directorio podrá suspender un partido con 72 horas de anticipación a la establecida para su inicio, aún sin existir una determinación de la autoridad en tal sentido.

En caso de que el árbitro central del encuentro, la Gerencia de Ligas Profesionales o el Directorio de la ANFP suspendan un partido, el Directorio de la ANFP deberá informar tan pronto como se hubiere tomado tal determinación, a las autoridades administrativas, autoridades regionales y a Carabineros de Chile (en adelante “Carabineros”) para evitar posibles inconvenientes en las cercanías del estadio.

En cualquiera de los casos precedentemente expuestos, la Gerencia de Ligas Profesionales deberá informar respecto a la reprogramación o resultado final del partido suspendido, dentro de las 72 horas siguientes a la establecida para su inicio originalmente.