Mientras Colo Colo intenta lograr el título en cancha, en Universidad de Chile hacen lo imposible por bajarlo, aunque esto incluya ir al Tribunal de Disciplina por una denuncia por presunto desacato. Las cartas están jugadas, los involucrados ya dieron sus declaraciones y, ahora, esperan por el fallo de los ministros del tribunal.

Por mientras, en la U siguen amenazando que tienen pruebas contundentes para probar la comunicación entre Jorge Almirón y su cuerpo técnico. Tras el último video que se filtró, donde se ve al entrenador conversando con alguien en su caseta, ahora comenzó a circular la información que tienen algunos audios que probarían la conducta del DT trasandino.

Con todo, en el Cacique hay tranquilidad, saben de su buen comportamiento y, además, tienen claro que desde el conjunto laico no pueden divulgar conversaciones ni grabaciones obtenidas sin el consentimiento de las personas. Es que, de hacerlo, estarían cometiendo un delito que castiga el Código Penal chileno en su artículo 161 y, que incluso, podría significar penas de cárcel.

En la letra A del precepto legal citado se señala que “se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado; sustraiga, fotografíe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme o fotografíe imágenes o hechos de carácter privado que se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público”.

La U y Huachipato pueden cometer un delito si filtran audios de Colo Colo

La U y Huachipato pueden cometer un delito si filtran audios de Colo Colo. | Imagen: Photosport.

La U y Huachipato se arriesgan a severas penas si filtran audios de Colo Colo

Desmenuzando la ley chilena, los protagonistas de esto, arriesgan las sanciones pertinentes. Esto, porque el Estadio CAP Talcahuano es un recinto particular, sin libre acceso al público, sobre todo la caseta en la que estaba el DT. Además, no hay autorización del afectado, por lo que se configura toda la tipificación legal para estar en presencia del delito.

¿Qué pasa con las imágenes de transmisión televisiva? Pues bien, los derecho de imágenes son, precisamente para aquello, para la transmisión. En el mismo sentido apuntan las cámaras de seguridad, que son para resguardar el orden y, en ningún caso, constituyen prueba en esta manteria.

En eso, la reclusión menor en cualquiera de sus grados son penas privativas de libertad que van desde los 61 días a los cinco años de cárcel. Esta pena será determinada según los antecedentes que tenga el tribunal en su momento y, así, también cursarle una multa económica bastante cuantiosa, que puede superar los 33 millones de pesos.

Pero no es lo único, ya que, además, el Código Penal establece que “igual pena se aplicará a quien difunda las conversaciones, comunicaciones, documentos, instrumentos, imágenes y hechos a que se refiere el inciso anterior”. Esto, hace caer a quien publique estos registros, ya sean medios de comunicación, personas naturales o la misma institución.

La U y Huachipato se protegen del delito

Por lo mismo, tanto en la U como en Huachipato se protegen. Saben que el sistema jurídico chileno castiga el accionar que están llevando a cabo y pretenden filtrar todas las imágenes a la prensa para tratar de no dejar huella de quién está detrás de toda esta maquinaria. Sin embargo, en caso de que un tribunal orden diligencias, es muy fácil rastrear de dónde vinieron las imágenes, por lo que el responsable caería en cosa de días.

No es todo. Ya que el inciso tres del artículo 161 establece que “en caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se aplicarán a ésta las penas de reclusión menor en su grado máximo (tres años y un día hasta cinco años) y multa de 100 a 500 Unidades Tributarias Mensuales”. Por lo que, de comprobarse una multipropiedad, las penas pueden ser aún mayor.