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CMF sanciona a Gabriel Ruiz-Tagle y Aníbal Mosa por uso de información privilegiada e infracción al deber

Ambos empresarios recibieron una millonaria multa económica. Además, Ruiz-Tagle quedó inhabilitado para ejercer cualquier cargo directivo en un club por cinco años.

sebastián marcel
Mosa y Ruiz-Tagle
© Agencia UNOMosa y Ruiz-Tagle

LaComisión para el Mercado Financiero (CMF)informó que aplicó sanciones monetarias en contra deGabriel Ruiz-Tagle y Aníbal Mosapor el uso de información privilegiada y la infracción al deber de abstención al momento de comprar acciones en ByN.

Según detalla la CMF,ambos empresarios fueron multados por conductas de “extrema gravedad de las conductas detectadas, por cuanto atentan contra la transparencia e integridad del mercado de valores y la confianza de los inversionistas. Implican, además, una vulneración de la Ley de Mercado de Valores que busca evitar que se realicen transacciones con asimetría de información”.

El puertomontino fue sancionado con 10.000 UF (cerca de $275 millones) por infringir el “deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir acciones estando en posesión de información privilegiada”.

El caso más serio fue el de Gabriel Ruiz-Tagle, dado que a la multa, la máxima que se puede aplicar para estos casos, se le prohibió durante cinco años de participar en cualquier sociedad anónima regulada por la CMF. Es decir, no podrá estar en ningún club que tenga este formato por todo ese tiempo. Eso sí, le condonaron parte de la sanción económica por “colaborar con la investigación”.

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“Infringió, en primer lugar, el deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir valores estando en posesión de información privilegiada” y “la prohibición de usar esa misma información privilegiada en beneficio propio”. Ante esto, se le aplicó“la multa máxima de 15.000 UF”, pero con el 50% menos por lo anteriormente mencionado.

Sobre la suspensión para ejercer en las S.A., el fallo recalca que es “por cinco años para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal de sociedades anónimas u otras entidades fiscalizadas por la Comisión”.

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Puedes revisar acá el fallo completo de la CMF acá.

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