Lucas Cepeda llevó a Colo Colo a la justicia. Tras presentar una medida prejudicial probatoria, el futbolista y su grupo de abogados materializó la demanda en contra de Blanco y Negro alegando la nulidad del finiquito firmado cuando partió al Elche. La acción se sustenta en la petición de una indemnización del 10% del traspaso al ser un derecho irrenunciable del trabajador.
La suma asciende a 220 mil dólares que tendría que pagar Blanco y Negro al ex Santiago Wanderers, esto, pese a que el mismo jugador renunció a aquel monto cuando firmó el finiquito y, además, en el traspaso al conjunto español. Este reclamo se sustenta en el artículo 152 bis I del Código del Trabajo, el cual establece que al menos el 10% de la indemnización por término anticipado de contrato debe ir hacia el futbolista.
El grupo de abogados del jugador alega que la renuncia a dicho monto es nula, ya que el Código del Trabajo disponen que lo derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables mientras subsista el contrato de trabajo. Así, aseguran que la renuncia fue estipulada en el mismo acto que puso término al contrato de trabajo y con anterioridad a la extinción del vínculo, es decir, seguía subordinado a ByN.
En Blanco y Negro defienden los acuerdos llegados en el momento de su traspaso y es aquí donde hay cuestiones que parecen extrañas. Primero, porque desde el lado del jugador pretenden desconocer un negocio y contrato que ellos mismos armaron y firmaron, de hecho, desde el interior del Monumental afirman que estaba todo acordado de esa manera con su grupo de representación y que ahora pidan ese 10% no tiene sentido ni sustento alguno. Incluso, hay un punto importante: el finiquito fue firmado por los propios abogados en representación del jugador, por lo que sabían perfectamente lo que estaban escriturando y, por lo mismo, de haber habido una cláusula irrenunciable, no deberían haber firmado.

Lucas Cepeda demandó a Colo Colo.
Las presiones detrás de las decisiones de Lucas Cepeda
La cuestión es que todo este lío judicial parece ser obra del grupo de representación más que del jugador. De hecho, cuando se concretó la salida de Lucas Cepeda al Elche, el futbolista fue a buscar sus cosas al Monumental y a despedirse de sus compañeros y aprovechó de hablar con la prensa. El hecho de que se desconozcan acuerdos establecidos por “leguleyadas” no hace más que confirmar que el futbolista está siendo manejado y aconsejado en las decisiones que está tomando judicialmente.
En el lugar, el delantero aseguró que Fernando Felicevich era el que iba guiándolo en todas sus decisiones, justo cuando habían momentos de incertidumbre sobre su futuro. Al respecto, en aquel momento contó que “íbamos dependiendo de las ofertas que llegaban; mi representante me decía todo y tomamos esta. Vamos a ir con todo a dejar el nombre de Colo Colo, Wanderers y el mío en lo más alto”.
Lo que viene ahora es un largo proceso judicial. Con la presentación de la demanda por parte del futbolista en el Segundo Juzgado Laboral de Santiago, el tribunal deberá citar a las partes para poder alegar sus derechos y de no mediar un acuerdo entre ambos actores, se espera que el libelo dure un par de años.

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Los argumentos a favor de Colo Colo contra la demanda de Cepeda
- El contrato laboral habría terminado antes de la transferencia, por lo que no habría relación laboral: Blanco y Negro puede sostener que la relación laboral con Lucas Cepeda finalizó el 23 de enero de 2026, por mutuo acuerdo, según quedó establecido en el finiquito firmado por el propio futbolista. De esta manera, la transferencia a Elche, cuyo contrato fue suscrito el 24 de enero, se habría concretado cuando el vínculo laboral con Colo Colo ya estaba terminado.
- Renuncia expresa al porcentaje del artículo 152 bis I: En el finiquito firmado el 27 de enero y ratificado ante notario el 28 del mismo mes, existe una cláusula que menciona específicamente la indemnización contemplada en el artículo 152 bis I del Código del Trabajo. En ella se establece que Colo Colo no adeuda suma alguna al jugador por ese concepto y que este no tiene nada que reclamar al respecto, todo cuando ya no había relación de dependencia ni subordinación.
- La defensa puede argumentar que la renuncia incluida en el finiquito fue suscrita una vez terminada la relación laboral, por lo que no correspondería aplicar automáticamente la prohibición de renunciar a derechos laborales mientras el contrato está vigente, establecida en el artículo 5 del Código del Trabajo.





